jueves, 10 de mayo de 2012

Modificacón en los aditivos alimentarios que contengan Aluminio

El Reglamento 1333 de 2008, en su anexo II, publica una lista de aditivos alimentarios autorizados por la UE para ser utilizados en alimentación, así como sus condiciones de uso.

Tras una recomendación de reducción de la ingesta de Aluminio, se obliga a modificar las condiciones y niveles de utilización de éstos aditivos, regulado en el reglamento 231/212, se establce que en el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de dicho reglamento, el etiquetado con el contenido de Aluminio se vuelva obligatorio.

De la misma forma que una serie de aditivos que contienen Aluminio, desaparecerán.

Pero hay que saber que los productos que no cumplan con lo establecido en dicho reglamento, que hayan sido comercializados legalmente antes de febrero del 2014, se podrán seguir comercializando hasta su fecha de caducidad o consumo preferente.

Lo mismo sucede con las lacas o productos de cosmética o higiene personal que se podrán comercializar hasta que se indique en su fecha de caducidad o consumo preferente.

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